martes, 29 de diciembre de 2015

Queda al descubierto que la ley en Tabasco es letra muerta, ya que todos se unen para engañar al pueblo



  




¿Podría existir responsabilidad penal y administrativa en contra de todos los Consejeros del IEPC y así querrían cobrar más?

 

Miguel Ángel Hernández
(The Fénix…)
El resolutivo judicial del Tribunal Federal Electoral que obligó a todos los partidos políticos a cambiar de golpe y porrazo todas las listas de sus candidatos fue consensada y admitida de manera dolosa en contra del pueblo por los representantes del Instituto Estatal Electoral de  Participación Ciudadana, quienes muy a pesar de «presumir» subtítulos de MAESTRÍAS Y DOCTORADOS, tal pareciera que estos solo sirven de relleno en el desempeño de sus actividades profesionales, pues a la hora de tender la mano son igual o más corruptos y el que paga es el pueblo,   Empecemos:
1.- De entrada una ley federal nunca va a estar por encima de una ley estatal o municipal por el simple hecho que nos rige la Constitución General  de la República.
2.- El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco tiene un presupuesto  para este año de  390, 356, 220.00 ¿Cómo carajos puede ser que no sean capaces de contratar verdaderos abogados que conozcan la ley, pero, por darle chamba a sus amigos y parientes meten a puro título sin abogado?
3.-Según lo publicado en el Diario de la Federación, estas son las obligaciones de los Institutos Electorales de las entidades.

Artículo 4.
·         El Instituto y los Organismos Públicos Locales, en el ámbito de su competencia, dispondrán lo necesario para asegurar el cumplimiento de ésta Ley.
·         Las autoridades federales, estatales y municipales deberán prestar la colaboración necesaria para el adecuado desempeño de las funciones de las autoridades electorales establecidas por la Constitución y esta Ley.
Artículo 5.
1. La aplicación de esta Ley corresponde, en sus respectivos ámbitos de competencia, al Instituto, al Tribunal Electoral, a los Organismos Públicos Locales y a las autoridades jurisdiccionales locales en la materia, a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
2. La interpretación de esta Ley, se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución.
Artículo 6.
1. La promoción de la participación ciudadana para el ejercicio del derecho al sufragio, corresponde al Instituto, a los Organismos Públicos Locales, a los partidos políticos y sus candidatos. El Instituto emitirá las reglas a las que se sujetarán las campañas de promoción del voto que realicen otras organizaciones.
2. El Instituto, en el ámbito de sus atribuciones, dispondrá lo necesario para asegurar el cumplimiento de las normas antes establecidas y de las demás dispuestas en esta Ley.

Ahora bien; desde  el punto de vista ciudadano y sin entrar tanto en materia de derecho podemos ver que al  final de cuenta los «honorables»   consejeros por dinero o por respetar a quienes los pusieron en los cargos, la ley se la pasaron por el arco del triunfo al confabularse con todos los partidos para no cumplir la ley de equidad de género que obligaba a tener 50 por ciento de hombres y mujeres en todos los cargos, tanto de alcaldes como legisladores pero el hecho que nos ocupa es solo «alcaldes» porque fue la materia en que demandaron.
Es decir, que alguien hubiese demandado las diputaciones también tendrían que haber cambiado a todos los candidatos a diputados ya que no se cumplió con la ley de equidad de género.
Pero estamos en Tabasco en donde todos tapan sus cochinadas con la misma sábana y bajo de ellas hacen sus porquerías y se zurran en contra del pueblo, la demanda de Juicio Político en el Congreso por parte de Lorena Bourregar  no tendrá mayor eco que dos o tres notas en algunos diarios. 
Lo ideal sería demandarlos penalmente ante la Procuraduría General de la República, pues el delito es claro:
                                                                 
                                                                           CONCEPTO DE DELITO.
Actualmente existe unanimidad en cuanto a que el delito está constituido por una acción u omisión, típica, antijurídica y culpable. El contenido de cada uno de sus elementos es lo que dividió a la ciencia jurídica penal, en dos grandes escuelas, a saber; causalismo y finalismo. Discusión hoy superada.
Relación del concepto dogmático de delito con la definición del art. 1 inc.1º del C. Penal. El art. 1 inc. 1º del Código Penal, define el delito como «toda acción omisión voluntaria penada por la ley». El concepto de delito como toda acción u omisión típica, antijurídica y culpable, es fruto de la dogmática alemana del siglo XIX, es decir; fue elaborado por la doctrina alemana a partir del ordenamiento jurídico de aquella época y tiene plena validez en nuestro sistema jurídico.
Culpabilidad. Es el juicio de reproche que se formula a quien ha ejecutado una conducta típica y antijurídica porque -en el caso concreto- el sujeto pudiendo haberse comportado de acuerdo a los mandatos y prohibiciones del derecho, no lo hizo.
Pero este trompo nadie lo pondrá en la uña, es decir, el estado de derecho y las «juanitas» que hoy van a aceptar en el IEPC no son más que una aberración legal en todos los sentidos. ¡Me cago dijo don polo! En el caso del partido que cobró los exámenes y exigió una reglamentación. ¿Cómo carajos van a poner a las mujeres de los políticos sin militancia, sin haber cumplido con el protocolo que ellos  mismos inventaron, pero, al mismo tiempo muestran que las candidaturas fueron «compradas»? Pero solo en mi pueblo  son así de puercos y trompudos, pues si llegaran a ganar las elecciones las juanitas tendrían que renunciar para dejar sus cargos a los maridos, violentando de nuevo la ley y la misma constitución y en esto están inmersos el PRI, PRD Y PVEM. Pa´ onde «tata» jalamos el cayuco, si  estamos inmersos en un rio de estiércol en donde todos como sociedad solo somos espectadores  que estamos esperando el 7 de junio para ir a votar. Amén. 
CENIZAS… «Señores Consejeros del IPEC sus maestrías y títulos de grandes conocedores y profesiones quedaron en el papel de baño reciclado a ustedes hay que demandarlos por embrutecimiento ilícito, pero, también a quienes le firmaron los títulos y las maestrías. El dinero no compra inteligencia». Amén.

Publicado en la edición 530 de la revista política Suceso de fecha 06 de Mayo de 2015

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