Que
las empresas tengan a la vista del público las tarifas autorizadas por la SCT
Edson E. Domínguez A.
Con
29 votos a favor y tres abstenciones, el Pleno aprobó exhortar a los titulares
de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y de la Policía Estatal de
Caminos, para que publiquen en su portal de Internet, el tabulador autorizado
de tarifas que deben cobrar las empresas dedicadas a la prestación del servicio
de grúas y remolques en la entidad, y de no contar con dicho tabulador, se
proceda de manera inmediata a su elaboración.
La
propuesta del diputado Luis Alberto Campos Campos también plantea que el
delegado estatal de la Procuraduría Federal del Consumidor, investigue que las
empresas tengan a la vista del público su tabulador autorizado de tarifas.
El
suscrito, diputado Luis Alberto Campos Campos, integrante de la fracción
parlamentaria del partido de la revolución democrática de la Sexagésima Primera
legislatura y al honorable congreso del Estado de Tabasco, y en ejercicio
de la facultades constitucionales que me confié el artículo 28 párrafo segundo,
36 fracción XLIII (cuadragésima tercera), de la Constitución política del
Estado libre y soberano de Tabasco, y 22 fracción I (primera) de la ley
orgánica del poder legislativo del Estado Tabasco, y su reglamento;
Presento
a la consideración de este honorable todo en la siguiente proposición con punto
de acuerdo.
Proposición con punto de acuerdo por medio de la cual se exhorta el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte del Estado, de Tabasco, para que haga público en el portal internet de la Secretaría el tabulador autorizado que regule las tarifas que las empresas dedicadas a la prestación del servicio de grúas y remolques en todas sus modalidades, deben de cobrar por los servicios que le sean requeridos, y el no contar con un tabulador se proceda de manera inmediata a su elaboración.
Proposición con punto de acuerdo por medio de la cual se exhorta el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transporte del Estado, de Tabasco, para que haga público en el portal internet de la Secretaría el tabulador autorizado que regule las tarifas que las empresas dedicadas a la prestación del servicio de grúas y remolques en todas sus modalidades, deben de cobrar por los servicios que le sean requeridos, y el no contar con un tabulador se proceda de manera inmediata a su elaboración.
Al
titular de la Policía Estatal de Caminos en el Estado para que haga público en
el portal de internet si cuenta con el tabulador que regulan las tarifas que
las empresas dedicadas a la prestación del servicio de grúas y remolques en
todas sus modalidades, deben de cobrar por los servicios que le sean requeridos
y al Delegado de la Procuraduría Federal del Consumidor Delegación Tabasco,
para que se avoque a verificar que las empresas dedicadas a la prestación del
servicio de grúas y remolques en todas sus modalidades tengan a la vista del
público en general, el tabulador que se autoriza el cobro de las tarifas por la
prestaciones de dicho servicio, debido a realizar dicha supervisión durante un
año, y de encontrar irregularidades en ese tiempo iniciar los trámites legales
correspondientes en contra de la empresa dedicada a prestar el servicio de
grúas y remolques que no respete las tarifas autorizadas.
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