lunes, 16 de marzo de 2015

REFORMAS A LEY PARA OBLIGAR A REGIDORES A DOCUMENTAR Y EXPONER INFORMACIÓN




Propuesta del diputado Luis Rodrigo Marín Figueroa para garantizar el derecho a la información de la ciudadanía

Al ejercer facultades de manera colegiada y colectiva, ejecutan recursos públicos y generan archivos administrativos, expuso de concretarse, los integrantes de un Ayuntamiento estarán obligados a dar a conocer indicadores, cumplimiento de objetivos y resultados

Luisa García Rangel
Para garantizar el derecho a la información a los ciudadanos sobre la forma en que se ejercen recursos públicos municipales, el diputado Luis Rodrigo Marín Figueroa, presentó una Iniciativa de decreto que reforma la Constitución local en sus artículos 04 bis y 66 para obligar a todos los integrantes de un Ayuntamiento a dar a conocer indicadores, cumplimiento de objetivos y resultados obtenidos.
Lo anterior, expuso Marín Figueroa para que sean responsables en el mal uso o manejo de información pública, pues señaló que al ejercer facultades de manera colegiada y colectiva, ejecutan recursos públicos y generan archivos administrativos.
En su exposición el coordinador de la bancada priista en el Congreso, destacó que en un Ayuntamiento, no solo el Presidente Municipal debe ser sujeto de responsabilidad, sino también los integrantes del cabildo pues por la naturaleza del órgano, la mayoría de las acciones se ejecutan por acuerdo de éste.
«Todo ellos, actuando por si o de manera colegiada, ejercen de manera exclusiva las facultades que constitucional y legalmente les son conferidas al gobierno municipal», agregó ante el pleno en la sesión.
La reforma en el apartado 0I al IV señala que: «Toda autoridad, entidad, órgano y organismo estatal o municipal y toda persona física o jurídica colectiva que genere actos de autoridad, reciba y ejerza recursos públicos se considerará generadora o en posesión de información pública, está obligada a preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados».
Además que deben estar obligados a publicar a través de los medios electrónicos disponibles la información completa y actualizada sobre sus indicadores de gestión, el ejercicio de los recursos públicos, incluyendo aquella relativa a los recursos públicos que entregan a las personas físicas o jurídicas colectivas.
Así como los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos. Además deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones.
En el artículo 66 la reforma presentada, establece que además de los Diputados al Congreso del Estado, los Magistrados del Poder Judicial del Estado, los Titulares de las dependencias del Poder Ejecutivo, los presidentes municipales y regidores de los Ayuntamientos y los titulares de los órganos autónomos, también serán responsables por violaciones relacionados en este tema.
Esta iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su revisión y análisis correspondiente.

 

Publicado en la edición 524 de la revista política Suceso de fecha 11 de Marzo de 2015


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